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  • Los padres de un menor que participó en un delito penal deberán indemnizar a la víctima

    SENTENCIA
    Mendoza
    TRIBUNAL GESTION JUDICIAL ASOCIADA Nro 1 1ra CIRCUNSCRIPCION
    MENDOZA, MENDOZA
    29 de Junio de 2015
    Id SAIJ: NV11931

    SINTESIS

    De acuerdo con lo dispuesto en el art. 1114 del Código Civil, responsabiliza a los padres de un joven de dieciocho años que participó en el delito de lesiones graves, agravadas por el uso de arma de fuego, por los daños y perjuicios que sufrió la víctima por causa del delito. Refiere que surge claramente que los padres no lograron que el menor, en el momento dado y conforme las especiales condiciones de persona, tiempo y lugar, ajustara su comportamiento a las reglas de la convivencia social. Agrega que los padres no han demostrado la eximente del art. 1116 del Código Civil, es decir, que hicieron todo lo posible por evitar el daño en lo concreto e incluso que medió una causa lesiva extraña al ejercicio de la patria potestad.

    TEXTO

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Contenidos de Interes

Constitución de la Nación Argentina.
Constitución de la Nación Argentina. 22/8/1994. Vigente, de alcance general
Código Civil y Comercial de la Nación.
Ley 26.994. 1/10/2014. Vigente, de alcance general
Código Penal.
Ley 11.179. 21/12/1984. Vigente, de alcance general
Código de Minería.
Ley 1.919. 21/5/1997. Vigente, de alcance general
Código Aeronáutico.
Ley 17.285. 17/5/1967. Vigente, de alcance general
Ley de Contrato de Trabajo.
Ley 20.744. 13/5/1976. Vigente, de alcance general
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